Comentarios a la sentencia del Tribunal Constitucional peruano que prohíbe la distribución de la denominada Anticoncepción Oral de Emergencia

Autores/as

  • Paolo Tejada Pinto

Palabras clave:

anticoncepción oral de emergencia, píldora del día siguiente, aborto, derecho a la vida

Resumen

Mediante sentencia del 16 de octubre de 2009 que resolvió la acción de amparo in-terpuesta por una ONG el Tribunal Constitucional Peruano prohibió al Ministerio de Salud la distribución gratuita de la píldora del día siguiente conocida también como Anticoncepción Oral de Emergencia (AOE). Invocando la pertinencia de principios aplicables en la protección constitucional y basados en la existencia de una duda ra-zonable sobre los efectos de la AOE, los Magistrados en mayoría señalaron que la distribución de este fármaco podría ser abortivo y por tanto su distribución gratuita es inconstitucional. Naturalmente la Sentencia ha sido objeto de muchos comentarios, tanto favorables como desfavorables. En el presente trabajo se analizan los problemas controvertidos y la forma en la cual fueron abordados por el Tribunal.

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Biografía del autor/a

Paolo Tejada Pinto

Licenciado en Derecho por la Pontificia Universidad Católica del Perú y Doctor en Teología Moral por la Universidad de Navarra. Profesor de Derecho Natural, Teoría del Derecho y Ética de la Facultad de Derecho de la Universidad de Piura.

Publicado

02/01/2020

Cómo citar

Tejada Pinto, P. (2020). Comentarios a la sentencia del Tribunal Constitucional peruano que prohíbe la distribución de la denominada Anticoncepción Oral de Emergencia. Revista De Derecho, 11(1), 515–523. Recuperado a partir de https://revistas.udep.edu.pe/derecho/article/view/2066

Número

Sección

COMENTARIO DE JURISPRUDENCIA