El artículo 41 de la Constitución y el especial requisito de procedibilidad en el caso del delito de enriquecimiento ilícito

Autores/as

  • Cesár Augusto Nakazaki Servigón

Palabras clave:

Enriquecimiento ilícito, Constitución, requisito de procedibilidad, acción penal

Resumen

El trabajo versa sobre la institución procesal de los denominados requisitos de procedibilidad
en el caso del delito de enriquecimiento ilícito. A través de una correcta
interpretación del artículo 41 de la Constitución se determinará que es un requisito
obligatorio que, en el caso de dicho delito, la acción penal sea ejercida por el Fiscal
de la Nación, contrario a lo que la jurisprudencia nacional venía sosteniendo hasta
antes del “Caso de la Congresista Cecilia Chacón de Vettori”.

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Biografía del autor/a

Cesár Augusto Nakazaki Servigón

Ex Profesor de Derecho Penal de la Facultad de Derecho de la Universidad de Piura. Profesor
de Derecho Penal y Procesal Penal de la Facultad de Derecho de la Universidad de Lima.

Publicado

30/11/2019

Cómo citar

Nakazaki Servigón, C. A. (2019). El artículo 41 de la Constitución y el especial requisito de procedibilidad en el caso del delito de enriquecimiento ilícito. Revista De Derecho, 16(1), 33–48. Recuperado a partir de https://revistas.udep.edu.pe/derecho/article/view/1589

Número

Sección

DOCTRINA NACIONAL