TY - JOUR AU - Vásquez Concha, Jorge PY - 2019/09/21 Y2 - 2024/03/28 TI - ¿ESTAMOS YA DENTRO DE UN NUEVO SISTEMA DE RESPONSABILIDAD DEL EMPLEADOR POR ACCIDENTES DE TRABAJO EN EL PERÚ? JF - Revista de Derecho JA - revista_derecho VL - 20 IS - 1 SE - DOCTRINA NACIONAL DO - UR - https://revistas.udep.edu.pe/derecho/article/view/1831 SP - 11-49 AB - <p>En ninguna actividad humana existe el riesgo cero; tampoco en el trabajo. Por ello, es de interés del empleador minimizar racionalmente todos los riesgos que genera en el centro de trabajo y asumir responsablemente un riesgo residual o remanente, en lugar de trasladárselo al trabajador. Esa es su obligación de medios, indispensable para cumplir también su obligación de resultados como garante de la Seguridad y Salud del trabajador; es decir, dejarlo indemne. Comprender esta doble obligación es clave para aclarar y resolver los conflictos sobre responsabilidad del empleador frente a los accidentes de trabajo. Cumplir la ley es muy bueno, pero insuficiente. Lo legal no es necesariamente lo preventivo, ni lo ético. En Prevención, la ley es el piso, nunca el techo. A la luz del análisis de reciente jurisprudencia, se propone formalizar un nuevo sistema de responsabilidad del empleador por accidentes de trabajo y enfermedades ocupacionales de tipo cuasiobjetiva; emancipado de las normas de responsabilidad del Código Civil, previstas para relaciones en igualdad de autonomía entre las partes; que no ocurre en una relación laboral asimétrica entre empleador y trabajador. Este nuevo sistema de responsabilidad debería hacernos avanzar hacia un nuevo Seguro contra Accidentes de Trabajo, esta vez, universal y transversal a todas las actividades económicas del país.</p> ER -