La suspensión del procedimiento de eliminación de barreras burocráticas cuando se encuentra en trámite un proceso judicial
A propósito del cuestionamiento relativo a la prohibición de utilizar la tercerización laboral para las actividades que comprenden el “núcleo de negocio”
DOI:
https://doi.org/10.26441/RD24.1-2024-AR4Palabras clave:
Decreto Supremo N° 001-2022-TR, tercerización laboral, barreras burocráticas, suspensión de procedimiento, proceso judicialResumen
Este artículo analiza la suspensión del procedimiento de eliminación de barreras burocráticas cuando se encuentra en trámite un proceso judicial, teniendo como referencia el procedimiento por medio del cual se cuestiona la prohibición de utilizar la tercerización laboral para las actividades que comprenden el “núcleo de negocio”. De esta manera, se explica las razones por las cuales se considera que la sola existencia de un proceso judicial en trámite no debería justificar la suspensión del procedimiento, siempre y cuando la autoridad administrativa cuente con elementos que permitan evidenciar que, independientemente de lo que se resuelva en la vía jurisdiccional, se ha constituido una barrera burocrática ilegal y/o carente de razonabilidad que requiere ser inaplicada a favor de los administrados y agentes económicos en el país.
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