Responsabilidad sancionadora de personas jurídicas, entes sin personalidad y sus administradores
Palabras clave:
Responsabilidad administrativa sancionadora, esponsabilidad de las personas jurídicas, responsabilidad de los administradores, principio de culpabilidad, personalidad de las penas, non bis in idemResumen
En este artículo se aborda el tema de la responsabilidad sancionadora de las personas
jurídicas, defendiendo la tesis de que esto no implica hacer una excepción
a la aplicación de los principios de personalidad de las penas o de culpabilidad.
Las personas jurídicas responderán cuando hayan actuado dolosa o culposamente,
lo que ocurrirá cuando así haya sido la actuación de sus representantes, dado que
la voluntad de la persona jurídica es la de sus titulares. Además, se aborda
también la responsabilidad conjunta de las personas jurídicas y de sus
administradores, analizando su relación con el principio de non bis in idem y las
condiciones que podrían exigirse para su admisión.