La protección penal de la seguridad e higiene en el trabajo

Autores/as

  • Percy Garcia Cavero

Palabras clave:

Seguridad e higiene en el trabajo, ley penal en blanco, delito de peligro concreto, derecho penal laboral, deber de prevención

Resumen

El presente artículo se ocupa de la figura delictiva del incumplimiento del deber de
prevención de los riesgos laborales recientemente incorporada en el artículo 168-A del
Código Penal. Pese a significar un importante avance en la protección de la seguridad y
la salud de los trabajadores, el tipo penal contiene ciertas particularidades que influyen
en la imputación penal de este delito a los empleadores o encargados que incumplen el
deber de prevención. Por un lado, el tipo penal se remite a la normativa laboral sobre
la seguridad e higiene en el trabajo para determinar quién puede ser autor del delito y
cuándo una conducta alcanza relevancia penal, lo que lo hace una ley penal en blanco.
Por otro lado, la configuración del delito se produce con una puesta en peligro de la vida
o salud de los trabajadores, asumiendo la estructura de un delito de peligro concreto.

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Biografía del autor/a

Percy Garcia Cavero

Profesor de Derecho Penal de la Universidad de Piura

Publicado

13/12/2019

Cómo citar

Garcia Cavero, P. (2019). La protección penal de la seguridad e higiene en el trabajo. Revista De Derecho, 13(1), 11–28. Recuperado a partir de https://revistas.udep.edu.pe/derecho/article/view/1561

Número

Sección

DOCTRINA NACIONAL