Por:

 

 

Germán

 

Benedetti


EL CONCEPTO DE DERECHO DE UN SIGLO.

 

SU PERSPECTIVA IUSFILOSÓFICA

LORCA MARTÍN DE VILLODRES,MA ISABEL.


 

Dykinson, Real Academia de Jurisprudencia y Legislación, Madrid, 2017

 

Con erudición la Dra. María Isabel Lorca Martín de Villodres, quien es Profesora Titular de Filosofía del Derecho de la Universidad de Málaga – España, en la mo-nografía que se reseña, aborda una valiosa investigación realizada al escudriñar el archivo bibliográfico y documental de la Real Academia de Jurisprudencia y Le-gislación de Madrid (RAJyL) desde mediados del siglo XIX hasta mediados del siglo XX, tal análisis de un siglo demuestra la importante investigación que abordó la Dra. Lorca al tener que incluso tramitar permisos para consultar tal documen-tación de muy difícil acceso fuera de la precitada institución; y si bien tal investi-gación ya tiene gran mérito desde el punto de vista histórico al desarrollar sucintamente el contexto de inestabilidad política que vivió España en esa época, a través del análisis discursivo de algunos de sus más encumbrados protagonistas; va mucho más allá de ello, y tomando como base una metodología jurídica histó-rico-sociológica extrae de los discursos de estos prominentes juristas de la época, los elementos o notas caracterizantes que a modo de un mínimo común denomi-nador le permitan conceptualizar el Derecho; tal dificultosa y ambiciosa empresa ha sido abordada con suficiencia técnica y científica desde distintas aristas, en la que claramente si bien circunscripta al rango de tiempo estudiado, al lector le per-mitirá entender que tales notas se encuentran presentes desde los albores de la humanidad hasta nuestros días. Es que la Profesora Lorca ha logrado con agudeza y genialidad sintetizar en el presente trabajo un concepto de Derecho a través de analizar exhaustivamente el discurrir de estos jurisconsultos en los que se observa claramente una óptica antiiuspositivista y vitalista del derecho, pues se advierte en sus alocuciones una postura contraria a las teorías puramente positivistas – en un principio mayoritariamente iusnaturalistas en sus distintas vertientes, aunque también historicistas-, en las que no reniegan de la positividad de las normas ju-rídicas, sino que por el contrario, plasman la necesidad que las mismas encuentren su apoyatura, es decir su piedra angular, y por qué no su quintaesencia, en los va-lores absolutos que objetivan el derecho, como lo son claramente la moral y la Justicia, y en concordancia con ello cabe destacar que en el presente libro la autora busca reivindicar constantemente la naturaleza social que entiende inherente al Derecho. Tal visión lleva a la investigadora a analizar posturas propias del iusna-turalismo clásico, con sus vertientes nacidas del pensamiento del Estagirita, pa-


 

 

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sando por el pensamiento latino en cabeza de Marco Tulio Cicerón, el pensa-miento de la ley eterna del águila de Hipona, el ontologicismo intelectualista to-mista propio del Doctor Angélico, el pensamiento anticartesiano de Vico, la escuela historicista de Savigny y Puchta, la escuela filosófica de Thibaut, las reac-ciones racionalistas al positivismo jurídico como la plasmada por Radbruch, ha-ciendo especial hincapié en analizar el pensamiento vitalista de Eugène Lerminier, quien sostenía que el “Derecho es vida” el cual es profusamente citado en las aren-gas jurídicas examinadas por la iusfilósofa española, entre otros. En prieta síntesis, una monografía de sumo interés para quienes quieran encarar un estudio iusfilo-sófico serio, en la que con precisión y claridad meridiana se combinan la teoría y la práctica, el idealismo y el realismo, el ser y deber ser del Derecho, ya no solo desde la visión que tuvieron los letrados que pasaron por la prestigiosa Academia madrileña en la época estudiada, sino que ello resulta de gran provecho a cualquier estudioso que quiera adentrarse en el maravilloso universo de la Filosofía del De-recho, pues las notas caracterizantes que del presente escrito monográfico se ex-traen, son de aplicación universal, es decir no solo aplicables a la España en el período de tiempo investigado. Se aprecia la seriedad del análisis documental y de la labor interpretativa realizada por la autora, al advertirse las detalladas y abun-dantes referencias bibliográficas y de archivo que han sido directamente consul-tadas y que deja plasmadas al final de su libro. Obra que además ha sido brillantemente prologada por el Excmo. Dr. Alfredo Montoya Melgar, Catedrático y Académico de Número de la RAJyL, el cual ha sido recientemente nombrado Magistrado del Tribunal Constitucional Español. Sin ápice de duda, el presente trabajo es una valiosa herramienta para entender y concientizarse del porqué el Derecho no es sólo lo que el legislador, juzgador o gobernante de turno dice que es en un tiempo y espacio dado, y así en respeto de la dignidad humana, se pueda construir un plexo positivo normativo y jurisprudencial respetuoso de los aspectos axiológicos y sociológicos en los que el hombre, tanto individual como colectiva-mente considerado, se desenvuelve y desarrolla en su historicidad.

 

Germán Angel Benedetti

 

Maestrando en Derecho Procesal y Doctorando en Derecho por

 

la Universidad Nacional de Rosario, Argentina

 

Profesor de Derechos Humanos. Universidad Autónoma de Entre Ríos, Argentina


 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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